Tu finiquito
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Cómo se calcula
El finiquito por renuncia voluntaria incluye cuatro conceptos:
- Salario pendiente: tu salario diario por los días trabajados que no te han pagado.
- Aguinaldo proporcional: 15 días de salario (o los que dé tu empresa) por la parte del año que trabajaste, contada desde el 1 de enero o desde tu ingreso (art. 87 LFT). Hasta 30 UMA diarias están exentas de ISR.
- Vacaciones proporcionales: los días de vacaciones de tu año de servicio en curso (art. 76 LFT), en proporción a lo que llevas desde tu último aniversario, menos los que ya tomaste.
- Prima vacacional: al menos 25 % del salario de esas vacaciones (art. 80 LFT). Hasta 15 UMA diarias están exentas de ISR.
Si te deben vacaciones de años anteriores que nunca tomaste, también te las deben pagar: súmalas aparte (salario diario × días, más su prima vacacional).
Nota importante: No incluye prima de antigüedad (art. 162 LFT): por renuncia solo aplica con 15 años o más de servicio; consúltalo con la Profedet.
¿Te despidieron? Usa la calculadora de liquidación.