Tu aguinaldo
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Cómo se calcula
Aguinaldo = salario diario × días de aguinaldo × días trabajados ÷ 365. Se paga a más tardar el 20 de diciembre.
Hasta 30 UMA diarias ( en 2026) están exentas de ISR (art. 93, fr. XIV, LISR); solo el excedente paga impuesto.
Descargo de responsabilidad: información general, no constituye asesoría legal ni fiscal. Si tu patrón no te paga, puedes acudir gratis a la Profedet.