Tu liquidación
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Cómo se calcula
- Finiquito: salario pendiente, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales (igual que en una renuncia).
- Indemnización de 3 meses: 90 días de salario diario integrado (arts. 48 y 50 LFT).
- Prima de antigüedad: 12 días por año trabajado, con el salario topado al doble del salario mínimo de tu zona ($630.08 o $881.74 diarios en 2026). En despido se paga sin importar la antigüedad (art. 162 LFT).
- 20 días por año: solo en los casos de los arts. 49, 52 y 947 LFT; por eso viene desactivado.
No incluye salarios caídos: dependen de lo que dure un juicio. La indemnización y la prima de antigüedad están exentas de ISR hasta 90 UMA por año de servicio (art. 93, fr. XIII, LISR); una fracción de más de seis meses cuenta como año completo.
Descargo de responsabilidad: información general, no constituye asesoría legal ni fiscal. Antes de firmar una liquidación puedes pedir asesoría gratuita en la Profedet o en el Centro de Conciliación de tu estado.